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Residencia Temporal Retorno Voluntario

Si has permanecido en España y has regresado voluntariamente a tu país y ahora quieres solicitar autorización para residir nuevamente… Este artículo es para ti.

Residencia temporal del extranjero que ha retornado voluntariamente a su país. TODO LO QUE DEBES SABER.

¿Has permanecido en España y has regresado voluntariamente a tu país y ahora quieres residir de manera legal? Si esta es tu situación, te traemos a continuación una de las autorizaciones de residencia que puedes solicitar. En este artículo te explicaremos en qué consiste esta autorización, cuáles son los requisitos, ventajas y la documentación exigible.

Índice de contenidos

¿En qué consiste la autorización de residencia temporal del extranjero que ha retornado voluntariamente a su país?

Esta autorización de residencia temporal o residencia temporal y trabajo, es la que podrán solicitar los extranjeros una vez que haya finalizado la vigencia del compromiso de no regreso, cuando hayan retornado al país de origen voluntariamente o con base a un programa de retorno voluntario. Cuando hablamos de un programa de retorno voluntario nos referimos precisamente a los extranjeros, solicitantes de asilo, o que tengan una protección internacional, que se encuentren en situación de vulnerabilidad, carencia y precariedad social, sean víctimas de trata o tengan problemas de integración social y que desean regresar de manera voluntaria a su país de origen y carezcan de recursos económicos para hacerlo.

Antes de continuar queremos explicarte cuáles son los tipos de retorno voluntario.

Existen tres tipos de programas de retorno, estos son:

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¿Cuáles son los programas de retorno que existen actualmente?

  • Programa de retorno voluntario de atención social: Este programa, está dirigido directamente a los inmigrantes extracomunitarios que estén en situación de vulnerabilidad, pero para ello, se debe demostrar que efectivamente se encuentran en esa situación.
  • Programa de retorno voluntario productivo: Por otro lado, está este programa, dirigido a los inmigrantes extracomunitarios que van a regresar a su país de origen con el fin de emprender un proyecto empresarial. En este caso, se debe demostrar ese interés en la participación de un proyecto que se relacione con el deseo de retornar.
  • Finalmente, tenemos el programa de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios que retornen voluntariamente a sus países de procedencia (APRE), para participar en este programa, el inmigrante debe ser nacional de países con los que España haya suscrito un convenio bilateral de seguridad social. Hoy, estos países son: Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, República de Cabo Verde, Canadá (excepto Quebec), República de Corea, Chile, Colombia, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener la residencia temporal del extranjero que ha retornado voluntariamente a su país?

  • No debes ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza o familiar de ciudadanos de estos países a los que sea de aplicación el régimen de ciudadano de la unión.
  • No puedes encontrarte irregularmente en territorio español.
  • Debes carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No debes tener prohibida la entrada a España y tampoco figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No puedes padecer ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves.
  • Un requisito fundamental es haber sido titular de una autorización de residencia temporal o residencia temporal y trabajo.
  • Como ya lo comentamos anteriormente, para poder solicitar esta autorización, debes haberte acogido a un programa de retorno voluntario impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado, o haber retornado voluntariamente a su país de origen al margen de un programa dispuesto precisamente para ello.
  • Otro de los requisitos es que hubieras comparecido personalmente en el consulado del país de origen, con el fin de entregar la respectiva tarjeta de extranjero en vigor.
  • Ahora bien, en el caso de que no te hubieras acogido a un programa de retorno voluntario, el requisito es haber renunciado expresamente y por escrito, en el momento de comparecer en el consulado español de su país de origen.
  • Así mismo, debe haber finalizado el plazo de compromiso de no retorno a España, que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario, o si ha retornado al margen de un programa alguno, que hayan trascurrido tres años desde la fecha de retorno.
  • Finalmente, debes cumplir con los requisitos exigidos en función de la autorización de residencia o residencia y trabajo que se piense solicitar.

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Ventajas del procedimiento

En el supuesto de que hubieras regresado al país a través de un programa de retorno voluntario, impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado, no se tendrá en consideración la situación nacional de empleo en los procedimientos en los que sea exigible dicho requisito. Es decir, que no se te aplicará el listado de puestos de difícil cobertura y se te autorizará desde origen a trabajar. Otra de las ventajas de este procedimiento, es que la tramitación será preferente, ya que el plazo de tramitación, es decir de resolución y notificación será de 45 días desde la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para su resolución.

Es importante conocer que, para tramitar la residencia de larga duración, se tendrá en cuenta el tiempo de residencia anterior a la fecha de retorno.

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