Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa: qué es, requisitos y procedimiento
¿Has pensado en viajar a España y quedarte a residir sin necesidad de trabajar? Si esta es tu situación, te traemos a continuación una de las autorizaciones de residencia más sencillas de solicitar. En este artículo te explicaremos en qué consiste esta autorización, cuáles son los requisitos, ventajas y la documentación exigible.
Índice de contenidos
- ¿Qué es la autorización de residencia temporal NO LUCRATIVA?
- ¿Qué ventajas tiene la autorización de residencia temporal NO LUCRATIVA?
- ¿Cuáles son los requisitos para obtener esta residencia?
- Documentación exigible
- ¿Por cuánto tiempo se otorga este permiso de residencia?
- ¿En cuánto tiempo sale la resolución?
¿En qué consiste la autorización de residencia temporal no lucrativa?
Esta autorización de residencia temporal no lucrativa es la que podrán solicitar los extranjeros junto con sus familiares desde su país de origen, que dispongan de medios económicos suficientes para que puedan residir en España sin realizar ninguna actividad laboral o profesional en España. En principio, este tipo de autorización inicial se otorga por 1 año, luego, podrás renovar este permiso de manera sucesiva hasta alcanzar una residencia permanente o de larga duración por 5 años. Así mismo, si vienes de un país iberoamericano puedes tramitar tu nacionalidad a los dos años de haber residido legalmente en el país.
¿Qué ventajas tiene la autorización de residencia temporal no lucrativa?
Si bien es cierto que, para optar por este tipo de residencia, debes demostrar los suficientes medios económicos como para vivir todo un año en España, también es cierto que conlleva algunas ventajas para ti y tu familia. Algunas de estas son:
- Podrás estudiar y realizar prácticas remuneradas.
- A diferencia de otros permisos de residencia, con la No lucrativa, no tendrás que invertir para residir en el país.
- Otra de las ventajas de este permiso de residencia es que podrás viajar también por todo el territorio Schengen sin ningún tipo de restricción.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la residencia No lucrativa?
- No debes ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza o familiar de ciudadanos de estos países a los que sea de aplicación el régimen de ciudadano de la unión.
- No puedes encontrarte irregularmente en territorio español.
- Debes carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No debes tener prohibida la entrada a España y tampoco figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No debes encontrarte, dado el caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Debes tener los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso, y en el caso, también el de los familiares, para ello debes tener en cuenta las siguientes cuantías:
- Para el sostenimiento personal mensual el 400% del IPREM
- Para el sostenimiento de cada uno de los familiares el 100% de IPREM
Pero… ¿Qué es el IPREM? El IPREM, es un indicador público de renta que determina la cantidad mínima de dinero que una persona debe ganar anualmente para la concesión de ayudas, subvenciones, o el subsidio de desempleo.
Ahora bien, en el caso del permiso de residencia No lucrativa, deberás entonces demostrar anualmente el 400% del IPREM, que para el año 2023 se encuentra en 600 euros por mes, esos 600 euros multiplicados por 4 nos da 2400 euros mensuales, que para el año serían 28.800 euros en total. Con esta sencilla explicación, ya podrás tener en cuenta cuánto más tendrás que demostrar en el caso de cada uno de los familiares, es decir, cónyuge e hijos.
- Otro de los requisitos es poder contar con un seguro privado de enfermedad con cobertura total y que esté concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España. Nuestro equipo de asesores tiene a disposición una guía detallada de los seguros que son válidos de acuerdo a tus necesidades y a las de tu familia.
- No debes padecer ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones de salud pública graves.
Documentación exigible
- Impreso de solicitud de visado de residencia. Debidamente cumplimentado y firmado.
- Pasaporte.
- No olvides que uno de los requisitos para esta autorización de residencia, es el certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país o países en los que hayas residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
- Debes aportar documentación acreditativa de disponer de medios económicos para el período que se solicita. Los medios económicos se podrán acreditar por cualquier medio de prueba, incluyendo la aportación de títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta. También se podrán acreditar estos medios a través de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras radicadas en España, para ello, se aportará certificación de estas.
- Debes aportar documentación acreditativa de tener un seguro médico privado.
- Certificado médico.
¿Por cuánto tiempo se otorga este permiso de residencia?
La autorización de residencia NO lucrativa tendrá la duración de 1 año y la vigencia comenzará en la fecha en que se efectúe la entrada en España, recuerda que si quieres renovar esta autorización deberás demostrar el doble del IPREM, esto es el 800% para ti, ya que la renovación se hará para 2 años.
Plazo de resolución
El plazo de notificación de la resolución sobre el visado es de 3 meses contados desde la fecha de su solicitud ante el consulado de tu país. Al concederse el visado, tienes un mes desde la notificación para recogerlo. Recuerda que, si no lo haces, se entenderá que has renunciado al visado y se producirá el archivo del procedimiento. Una vez tengas tu visado, podrás entrar a España, sin superar los 90 días. Cuando entres a España, podrás solicitar el TIE, o la tarjeta de identidad de extranjero en la comisaría de policía correspondiente.
Recuerda:
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