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Residencia Mujeres Víctimas de Violencia Intrafamiliar

¿ERES UNA MUJER EXTRANJERA VÍCTIMA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?

Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales: mujeres víctimas de violencia de género o de violencia sexual. En este post encontrarás todo lo que debes saber para obtener esta autorización de residencia

La violencia de género es una violación de derechos humanos. Según informe dado por la Organización Mundial de la Salud, el 35% de las mujeres ha sufrido alguna vez en su vida violencia física y/o sexual. Si eres mujer extranjera y te encuentras en España y has sido víctima de violencia de género o violencia sexual, puedes solicitar un permiso de residencia que te permita regularizar tu situación en el país y a la misma vez optar por la posibilidad de tener una mejor calidad de vida. Por medio de este artículo te explicaremos en qué consiste esta autorización, cuáles son los requisitos y la documentación exigible para cada caso.

Índice de contenidos

Autorización de residencia por circunstancias excepcionales: Mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o violencia sexual

La autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales a mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o violencia sexual, podrá ser obtenida por las mujeres extranjeras que han pasado por esta situación en España y que se encuentren en el país. Así mismo, en caso de que existan hijos menores de edad o con discapacidad que también se encuentren en España en el momento de la denuncia, podrán obtener autorización de residencia o de residencia y trabajo en caso de que sean mayores de 16 años.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener este tipo de residencia?

  • No debes ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea aplicable el régimen de ciudadano de la unión.
  • Si has pasado por esta situación, uno de los requisitos fundamentales para poder acceder a este tipo de residencia es haber denunciado ser víctima de violencia de género o de violencia sexual y poder aportar: una orden de protección por la autoridad judicial competente en el marco del proceso penal, y un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género o de violencia sexual.
  • Además de los anteriores documentos, también se requerirá que el procedimiento penal hubiera concluido con sentencia condenatoria o con una resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género o de violencia sexual, incluido el archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado.

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Documentación exigible

  • Impreso de solicitud de modelo oficial EX-10. Debidamente cumplimentado y firmado.
  • Copia completa del pasaporte.
  • En el caso de que exista una representación legal a favor de la persona que formula la solicitud, en nombre de la extranjera, se deberá aportar documentación acreditativa de ello.
  • Se deberá presentar la respectiva documentación que acredite haber denunciado ser víctima de violencia de género o de violencia sexual. Para ello podrá adjuntar la orden de protección o informe del Ministerio Fiscal. Con esta documentación se concederá de oficio una autorización provisional de residencia y trabajo. La autorización se resolverá definitivamente cuando se concluya el proceso penal, para lo que se deberá aportar la sentencia, de la misma manera, podrá presentar sentencia condenatoria, resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género o de violencia sexual que concluye el procedimiento penal, archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado. En este supuesto se podrá obtener autorización definitiva de residencia y trabajo.

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¿Cuándo se puede presentar la solicitud?

Esta solicitud se podrá presentar en dos supuestos:
  • En caso de que el procedimiento penal no haya concluido, se podrá presentar en cualquier momento, desde que se dicta la orden de protección o el informe del Ministerio Fiscal.
  • Por otro lado, si el procedimiento penal concluido, el plazo de presentación será de 6 meses desde la notificación de la sentencia condenatoria, de la resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género o violencia sexual, del archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o del sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado.

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¿Qué tipo de autorización se podrá conceder?

Esta autorización de residencia y trabajo se podrá conceder en primer lugar de manera provisional, cuando concluya el procedimiento penal, una vez presentada la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, la extranjera obtendrá de oficio una autorización provisional de residencia y trabajo, y esta tendrá eficacia desde el momento de la concesión y la vigencia estará condicionada a la finalización del proceso penal y concesión o denegación de la autorización definitiva. Así mismo se podrá conceder una autorización definitiva, una vez concluido el procedimiento penal, la autorización provisional se extinguirá, y si hay sentencia condenatoria, resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género o violencia sexual, archivo de la causa por encontrase el imputado en paradero desconocido o sobreseimiento provisional de la causa por expulsión del denunciado, la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales será concedida en el plazo de 20 días desde que la Oficina de Extranjería tenga constancia.

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¿Cuál es la vigencia de esta autorización?

En el caso de la autorización de residencia provisional tendrá una vigencia de 1 año, y la autorización definitiva de 5 años.

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Recuerda:

La violencia de género es una violencia que va dirigida a personas, grupos o comunidad por motivos de género, en este caso, es una violencia dirigida especialmente a la mujer extranjera en su vida personal, familiar, social, e incluso puede tener carácter sexual, psicológico, verbal que bien puede traer graves consecuencias tanto físicas como psicológicas. Si eres una mujer extranjera que está atravesando por una situación de violencia, debes saber que hay una legislación española contra ese tipo de agresiones, y así mismo una ley que permite otorgar una autorización residencia en España por esta circunstancia excepcional que te permitirá regularizar tu situación como migrante. Nuestro equipo de abogados expertos en extranjería cuenta con vasta experiencia para asesorarte según tu caso, y realizar tu trámite de manera telemática para que así puedas tener una resolución favorable y regularizarte en el país. Contacta con nosotros a través del siguiente enlace y recibe un asesoramiento rápido y personalizado.

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